


Caso Clemente Vera: Impugnación deberá dictar un nuevo pronunciamiento
Guillermo Raspa






La Corte de Justicia de Salta, en los autos “C/C SANDOVAL, ANTONIO EDUARDO; VILTE LAXI, DANIEL OCTAVIO; LASI, GUSTAVO ORLANDO; VERA, SANTOS CLEMENTE; RAMOS, OMAR DARÍO -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD PENAL”, Expte. CJS S-II 38233/16, dispuso dejar sin efecto parcialmente la sentencia de la Sala III del Tribunal de Impugnación, sólo en lo que concierne a Santos Clemente Vera, y bajar el Expediente a fin de que una distinta Sala del Tribunal de Impugnación, dicte una nueva sentencia con los alcances señalados por el Máximo Tribunal Federal.
La defensa de Vera había impugnado el fallo ante la Corte de la Nación en fecha 02/08/2017, la que fue admitida mediante sentencia del 07/12/2023. Como consecuencia de ello, se ordenó la remisión al tribunal de origen a fin de que se proceda a dictar un nuevo fallo. Una vez remitido el expediente, la Corte de la Provincia se abocó al estudio de la causa, que consta de treinta y tres cuerpos.
En el día de la fecha se resolvió dejar sin efecto el fallo recurrido y mandó se dicte un nuevo pronunciamiento. Fundó el fallo en el decisorio del Superior Tribunal Federal -a cuyas directrices debe inexorablemente adecuarse-, teniendo en cuenta las constancias del expediente y los recursos presentados.






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