
Qué pasa si no voy a votar en las elecciones de este domingo 26 de octubre
Guillermo Raspa








Los ciudadanos que no concurran a votar en las elecciones nacionales de este domingo 26 de octubre deberán justificar su ausencia ante la Justicia Electoral Nacional. El trámite se realiza de manera digital a través del Registro de Infractores, donde se deben cargar los documentos que respalden el motivo de la inasistencia.
La justificación puede hacerse dentro de los 60 días hábiles posteriores a la jornada electoral. Si la documentación es aceptada, la persona quedará exenta de sanciones y no será incorporada al Registro de Infractores al Deber de Votar.
Entre los motivos válidos para no votar figuran:




- Problemas de salud, acreditados con certificado médico oficial.
- Distancia mayor a 500 kilómetros del lugar de votación, comprobada con constancia policial.
- Cumplimiento de tareas laborales o funciones indispensables durante la jornada electoral, acreditadas con la documentación correspondiente.
En caso de no justificar la ausencia, las personas de entre 18 y 70 años deberán abonar una multa económica. Además, no podrán realizar trámites ante organismos nacionales, provinciales o municipales durante el año siguiente hasta regularizar su situación.


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