


Estos son los fuegos artificiales que están prohibidos para la venta en Salta
Guillermo Raspa






En el marco de la Ley Provincial N° 8.340, que establece el régimen de Pirotecnia Sonora Cero en Salta, se confirmó la prohibición de comercialización de numerosos artículos pirotécnicos por producir ruido, explosiones o estruendos.
La medida surge de un informe emitido por la División Inspección y Asesoramiento Técnico (DB) de la Policía de Salta, tras analizar los catálogos presentados por comercios del rubro. Además, se apoya en la Ordenanza Municipal N° 15.546 y la Disposición RENAR N° 77/05.
Según el listado oficial, estos productos NO pueden venderse en Salta:


🚫 PIROTECNIA PROHIBIDA PARA LA VENTA
🎆 Tortas
- Torta Fin de Siglo Júpiter 100 T
- Torta Fin del Mundo
- Fueglandia 100 T
- Torta Gran Final 100 tiros
- Torta Apocalipsis 100 tiros
- Torta GG Profesional Júpiter
- Torta Xreload Júpiter 3 min
- Torta Poseidón 100 tiros
- Torta Armagedón 206 tiros
- Bomba Color Tornado
🚀 Cañas voladoras
- Caña Thunder Tomahawk
- Caña Bomba
💣 Morteros
- Mortero Shell doble estruendo
- Mortero Shell 2 pulgadas
- Mortero Shell 3 pulgadas
- Mortero Shell 1.5 pulgadas x 12 bombas
- Mortero Shell 2.5 pulgadas
- Mortero 12+1
- Mortero color (cod. N° 1405)
- Mortero con bomba 1.5 pulgadas
- Mortero con bomba 2 pulgadas
- Mortero con bomba 2.5 pulgadas
- Mortero con bomba “cebolla”
🧨 Petardos
- Petardos Matrullas
- Petardos Tumberos
- Petardos Doble Mecha
- Petardos Apocalypse
- Petardos Trueno XXL
- Petardos Black Bermuda
- Bombón Asesino
- T-Kgas
- Petardos Profi
- Petardos Caramelo
- Petardos Big Thunder
- Petardos Piquetero
- Petardos Conic
- Petardos Cóndor
- Triangulito Diabólico
- Petardo Dale Lobo
🔋 Baterías
- Batería 16 tiros
- Batería 50 tiros
- Batería 100 tiros
- Batería 1.000 tiros
- Batería 2.000 tiros
- Batería 10.000 tiros
🌋 Volcanes
- Volcán con estruendo N° 5
- Volcán con estruendo N° 8
- Volcán con estruendo N° 10
- Granola de estruendo
🎇 Foguetas
- Fogueta 3 tiros (1 pulgada y/o superior)
- Fogueta 7 tiros (1 pulgada y/o superior)
La normativa prohíbe la fabricación, tenencia, acopio, exhibición, expendio y comercialización, tanto mayorista como minorista, de estos productos en todo el territorio provincial.
Desde los organismos de control recordaron que la ley busca proteger a personas con hipersensibilidad sonora, niños con TEA, adultos mayores, animales y al ambiente, promoviendo celebraciones sin ruido.





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