Las billeteras virtuales deberán informar cualquier movimiento superior a $30.000

La normativa de la Administración Federal de Ingresos Públicos incorpora requerimientos de información para las empresas del sector, aunque no implica cambios para los usuarios.

Argentina27 de mayo de 2022DefrentesaltaDefrentesalta

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Billetera virtual.

EDESA

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) fijó este jueves en $30.000 el monto a partir del cuál las empresas administradoras de billeteras virtuales deben informar los movimientos de sus clientes, como parte de un esquema de optimización en la calidad de los datos con los que cuenta el organismo para fiscalizar las operaciones canalizadas a través de cuentas virtuales.

La normativa de la AFIP incorpora nuevos requerimientos de información para las empresas del sector -como Mercado Pago, Ualá, Naranja X, Viumi, Bimo, Moni, Personal Pay y Todo Pago, entre otras-, aunque no implica cambios para los usuarios, informó la dependencia oficial en un comunicado.

La medida será publicada este viernes en el Boletín Oficial, a través de la Resolución General 5193/2022, en la que se establece en $30.000 el umbral mensual a partir del cual los proveedores de servicios de pagos informan ingresos y egresos en las cuentas.

Además, las billeteras virtuales deberán informar cuando el saldo final mensual que el usuario tenga en su cuenta sea superior o igual a $90.000.

Con anterioridad el monto era de $ 10.000, en ambos casos.

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