El Ente Regulador suspendería el pago de tributos municipales en la boleta de EDESA




Al respecto, el organismo Intimó a EDESA para que en el plazo de 5 días, remita la totalidad de antecedentes vinculados con la percepción de impuestos y tasas municipales más los contratos que la convierten en agente de cobro de los mismos. También dispuso que la factura del servicio público de energía eléctrica no podrá hacer mención a una identificación catastral cuando no se encuentre aprobada por la Dirección General de Inmuebles de la Provincia.

Asimismo, ordenó a la empresa distribuidora que toda modificación recaudatoria municipal que afecte de manera extraordinaria la cobranza de la Tasa General de Inmuebles, deberá estar respaldada con los respectivos actos administrativos certificados.
La resolución hizo conocer que los defectos legales de esta operatoria municipal abarcan falta de autorización para cobrar algunos tributos utilizando la boleta de EDESA, uso engañoso de la palabra “catastro” y modificaciones en las bases imponibles, dividiendo catastros únicos en parcelas provisorias para multiplicar las obligaciones tributarias.
