La Corte de Justicia debe resolver la competencia en el caso Matías Ruiz

Matías Nicolás Ruiz falleció el 13 de julio del año pasado. Por ese hecho cuatro policías fueron acusados como autores del delito de homicidio culposo y el delito de vejaciones en concurso real, y cuatro operarios del SAMEC fueron imputados del delito de homicidio culposo.

Policiales 08/11/2022 Defrentesalta Defrentesalta
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Matias Ruiz.

CUARTA A FONDO - REPUESTOS

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La causa que se sigue contra ocho acusados por los delitos de vejaciones calificadas y homicidio culposo en concurso real en perjuicio de Matías Nicolás Ruiz fue elevada a la Corte de Justicia, luego de una contienda de competencia negativa suscitada entre la jueza de Garantías 8 y el vocal 3 de la Sala VII del Tribunal de Juicio. 

La jueza de Garantías 8, Claudia Puertas, entendió que de la requisitoria de elevación de la causa a juicio se advierte la complejidad y gravedad del caso, por lo que corresponde dar intervención a un Tribunal de Juicio.

Agregó en ese sentido que el representante del Ministerio Público Fiscal entendió procedente el juzgamiento del hecho teniendo en cuenta que los acusados no se amoldaron al deber de diligencia y previsibilidad que le generó el riesgo y finalmente la muerte a la víctima y concluyó que el deceso se podría haber evitado si el extinto hubiera sido asistido en tiempo y forma. Además de ello, se desconocen, a la fecha, los alcances que podría tener el juicio oral y público en el que se ventilarán los hechos.

Respecto de la gravedad o complejidad del caso, dijo la jueza, surge de la circunstancia de pretender en autos el juzgamiento de ocho imputados por dos delitos que prevén pena privativa de libertad, que el mismo se sustenta en las declaraciones testimoniales de cincuenta personas que deberán reproducirse en la audiencia de debate, salvo las excepciones previstas en el artículo 476 del Código Procesal Penal de Salta, y la numerosa cantidad de prueba documental e informativa, surgiendo ello del requerimiento de remisión de causa a juicio.

Por su parte, el juez de la Sala VII del Tribunal de Juicio, Francisco Mascarello, dijo que la competencia no queda librada a la voluntad de las partes ni a la del juez, por ser una cuestión estricta, y consideró que no observa complejidad alguna que amerite el apartamiento de la jueza de Garantías. A ello agregó que la pena por la que venían imputados no excedería de seis años de prisión, siendo este uno de los elementos que determinan la competencia. 

Concejo deliberante

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