Una concesionaria deberá pagar $5 millones de multa y entregar una camioneta nueva

El juez Tomás Méndez Curutchet hizo lugar parcialmente a una demanda y condenó solidariamente a una concesionaria y a una administradora de plan de ahorro a entregar en un plazo de diez días un vehículo 0 km.

Policiales 19/12/2022 Defrentesalta Defrentesalta
Ilustrativa
Ilustrativa.

CUARTA A FONDO - REPUESTOS

El hombre damnificado deberá restituir el vehículo defectuoso junto con la documentación respectiva. La concesionaria y la automotriz deberán abonarle al hombre 200 mil pesos en concepto de daño moral y 5 millones en concepto de daño punitivo.

El vehículo, una camioneta 4x2 caja manual, fue adquirido por el sistema de plan de ahorro 70/30 suscripto en 2016 y en 2017 lo obtuvo por licitación.

Al ingresar el vehículo al service de los dos mil kilómetros se encendieron las luces de avería de motor frente a lo cual la concesionaria hizo los controles y le añadió un aditivo diesel al combustible. Y luego, al encenderse otra vez la luz de aceite le dijeron que el cambio de ese producto debía hacerse a los diez mil kilómetros recomendándole que leyera lo relacionado con el DPF en el manual de usuario. 

En diciembre de 2017 y ante la proximidad de un viaje ingresó nuevamente a taller porque se encendieron las luces testigos de inyectores y el tablero indicaba que debía revisarse el motor.

En los meses sucesivos siguieron los ingresos al taller por las mismas fallas. Luego de nueve ingresos realizó el reclamo ante la Secretaría de Defensa del Consumidor. En total el vehículo ingresó trece veces al service.

La camioneta en cuestión posee un sistema denominado DPF o sistema de regeneración de Filtro de Partículas Diesel, que ha sido diseñado con la finalidad de retener las partículas de hollín generadas por la combustión del gasoil, para eliminarlas por un proceso de regeneración cuando dicho filtro comienza a saturarse de suciedad; todo esto con el fin de minimizar las emisiones contaminantes del escape de motor.

En la causa se realizaron pericias técnicas sobre las condiciones de uso del vehículo. 

Se acreditó en la causa la falla mecánica de fábrica y además la violación al deber de informar adecuadamente que, en el caso, implicaba advertir al comprador la necesidad de utilizar el rodado en forma extraurbana, con un combustible y aceite especial y más caro, para evitar su avería.

Y como el vehículo en cuestión dejó de fabricarse, el juez dijo que concesionaria y administradora del plan de ahorro deberán entregarle al demandante un ejemplar igual al vehículo que lo reemplazó en el Plan de Ahorro, cuyo modelo sea del año en que se cumple la sentencia.

Cuestionó la conducta de las empresas al pretender que el demandante conserve una unidad 0 km defectuosa, evitando, de ese modo, tener que entregar otro vehículo en óptimas condiciones o devolver el dinero.

Por ello el juez resolvió hacer lugar a una multa de 5 millones en concepto de daño punitivo.
 
   
 
 
 

Concejo deliberante

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