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title: "¿Qué pasa si este domingo no voy votar?"
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description: "Una ausencia injustificada en la votación del balotaje de este día, podría generar una multa."
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date_published: "2023-11-19T08:26:00-03:00"
date_modified: "2023-11-19T08:32:20-03:00"
tags:
  - "balotaje"
  - "Elección nacional 2023"
author_name: "Guillermo Raspa"
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author_bio: "Periodista especializado en información local y actualidad de Salta. Director de Defrentesalta."
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category_name: "Salta"
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# ¿Qué pasa si este domingo no voy votar?

![Operativo policial por las elecciones](/download/multimedia.normal.9846f435b2afff14.T3BlcmF0aXZvIHBvbGljaWFsIHBvciBsYXMgZWxlY2Nfbm9ybWFsLndlYnA=.webp)

*Operativo policial por las elecciones.*

La Constitución Nacional establece que en Argentina el voto es obligatorio para todas las personas que tengan entre 18 y 70 años, **mientras que los electores de 16 y 17 años, como también los mayores de 70, pueden hacerlo de forma optativa.**

**Quienes estén obligados y no participen de los comicios podrían sufrir sanciones económicas, como también la imposibilidad de realizar varios trámites.**

**Ausentarse el día de los comicios puede generar multas para aquellos que no presenten un formulario de justificación ante la Justicia Electoral.**Las personas tienen 60 días desde las elecciones para presentar dicho formulario , ya que en caso contrario la multa se adherirá automáticamente en el Registro de Infractores de cada persona.

**Las multas por no votar varían entre 50 y 500 pesos para los electores mayores de 18 años y menores de 70, según cuántas veces hayan faltado el día de la elección.**

No obstante, existen varios motivos por los cuales **las personas se encuentran justificadas para no presentarse a votar en las elecciones**. **Están exentan de multas las personas**que: el día de los comicios se encuentra a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde se tiene que votar, y justifica ante la autoridad policial más próxima que esa situación obedece a motivos razonables.

Si está enfermo o imposibilitado de asistir al establecimiento de votación por razones de fuerza mayor suficientemente comprobadas y justificadas ante médicos del servicio de sanidad nacional (quienes no pueden ir a votar por motivos de salud, hay que justificarlo el mismo día de la elección por medio de un certificado expedido por un hospital público nacional, provincial o municipal, y en ausencia de éstos, por una o un profesional de la salud particular).

Si es parte de un organismo o empresa de servicios públicos y por razones relacionadas al cumplimiento de funciones está impedido de asistir a votar.

Si es juez o auxiliar y por disposición del Código Electoral Nacional tiene que asistir a tu oficina y mantenerla abierta durante los comicios.

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