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title: "Causa Vialidad: \"Si la Corte Suprema aplica el artículo 280, estaría actuando a favor de Milei\""
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description: "Así lo dijo el abogado y diputado mandato cumplido Guillermo Martinelli, en relación a la posible ratificación de la causa contra Cristina Kirchner."
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date_published: "2025-06-10T10:37:00-03:00"
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tags:
  - "Cristina Kirchner"
author_name: "Guillermo Raspa"
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author_bio: "Periodista especializado en información local y actualidad de Salta. Director de Defrentesalta."
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category_name: "Política"
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# Causa Vialidad: "Si la Corte Suprema aplica el artículo 280, estaría actuando a favor de Milei"

![Cristina F. y Javier Milei](/download/multimedia.normal.a2176811b3b5f7aa.Q3Jpc3RpbmEgRi4geSBKYXZpZXIgTWlsZWlfbm9ybWFsLndlYnA=.webp)

*Cristina F. y Javier Milei*

**El abogado salteño, Guillermo Martinelli**, se refirió a la situación judicial que enfrenta la expresidenta**Cristina Kirchner** en el marco de la causa Vialidad e indicó que ante un fallo prematuro de la Corte podría considerarse que actuó a favor del Gobierno nacional ya que la exmandataria iría presa y quedaría inhabiltada para ejercer cargos públicos.

Explicó que en este caso, "la Justicia tiene tres caminos para resolver: uno, es a través del estudio profundo de la causa. Dos que a través de ese mismo estudio, considerar que la pena tiene ser aumentada conforme a lo que es la causa por asociación ilícita, seis años más; **o puede directamente en virtud del artículo 280 del Código Civil y Comercial de la Nación Argentina; disponer de que no están dados los requisitos suficientes para abrir el recurso y en consecuencia desestimarlo sin ningún otro fundamento".**

**![Guillermo Martinelli.](/download/multimedia.normal.a4e35921054eb871.NTU3ODIzLW11bHRpbWVkaWEtbm9ybWFsLWIzZDY3ZWZfbm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)**

Agregó que: "Sí pasa esto último, que es precisamente lo del artículo, 280 significa que han abandonado una posición jurídica para tomar una posición electoralista. Es decir, **han trabajado para que políticamente la expresidenta no pueda ser candidata".**

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