¿Qué está prohibido y que no durante la veda electoral?

Rige desde las 8 de este viernes 20 de octubre. No se pueden hacer actos políticos, reuniones sociales masivas, entre otros.

Argentina 20 de octubre de 2023 Defrentesalta Defrentesalta

EDESA

Policias elecciones
Policias elecciones.

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A partir  de las 8 de la mañana de este viernes 20 de octubre, inicia la veda electoral rumbo a la elección histórica y trascendental para el país del domingo próximo. Durará hasta las 20 del 22 de octubre. 

De acuerdo al Código Nacional Electoral, la veda comienza 40 horas antes de la votación . Esta medida tiene como espíritu conceder un espacio de reflexión a los votantes en la antesala de su decisión, luego de haber escuchado durante un período de tiempo los proyectos que proponen todos los dirigentes que aspiran a ser electos en distintos cargos.

Elecciones en Salta

Las prohibiciones durante la veda: 

Los actos públicos de campaña o cualquier otra actividad proselitista.

Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas hasta transcurridas tres horas del cierre del comício.

Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptores de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.

Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y de toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral, durante su desarrollo y hasta pasadas 3 horas de ser clausurado.

Está prohibido vender bebidas alcohólicas durante la veda electoral desde el sábado a las 20.

A los electores, la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, 12 horas antes y 3 horas después de finalizada.

La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de ochenta (80) metros del lugar en que se instalen mesas receptoras, de votos.

Asimismo, no se podrá instalarán mesas receptoras a menos de ochenta (80) metros de la sede en que se encuentre el domicilio de los Partidos Políticos reconocidos.

También está prohibida la difusión de publicidad electoral, televisiva, radial, en internet y en medios gráficos. 

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