Quienes trabajen los feriados próximos deberán cobrar un monto adicional

Así lo informó la Secretaría de Trabajo respecto al feriado por Carnaval. También hizo referencia al 20 de febrero, jornada en la que se conmemora la Batalla de Salta y cuya fecha es considerada como “día no laborable”.

Salta17 de febrero de 2022DefrentesaltaDefrentesalta

EDESA

shutterstock_56673664
Imagen ilustrativa.

4TA FONDO PROMOCIONES_20240914_121527_0000

La Secretaría de Trabajo, recordó a la comunidad salteña la diferencia entre “días no laborables” y los “feriados nacionales”,  en el marco de las fechas conmemorativas y festivas que se avecinan.

En los “días no laborables”, es el empleador el que toma la decisión sobre si se trabaja o no durante esa jornada. En caso afirmativo, el empleado no tiene derecho a cobrar ningún adicional. En los “feriados nacionales”, los trabajadores que presten servicio, deberán percibir, indefectiblemente, el monto adicional previsto en la Ley de Contrato de Trabajo.

Por Defrentesalta, el secretario de Trabajo, Alfredo Batule, aclaró que los empleadores deben pagar jornada doble a quienes presenten servicios durante los feriados nacionales.

No obstante, enfatizó que si un trabajador, realizó trabajos por 4 horas durante un día feriado nacional, no le corresponde percibir el pago por jornada completa, sino por las horas trabajadas. 

“En las próximas semanas, tenemos el feriado provincial del 20 de febrero en homenaje a la Batalla de Salta, fecha asimilable a un día no laborable. Luego, se aproxima el 28 de febrero y 1 de marzo, feriado nacional por Carnaval”, manifestó el titular de la cartera, Alfredo Batule, y agregó que “para ambas fechas deben cumplirse las disposiciones antes mencionadas; si esto no ocurre los trabajadores pueden comunicarse con el organismo para radicar su denuncia y/o formular su consulta”.

1278x123 copia

Te puede interesar
Lo más visto