
Absolvieron a un exconcejal y cuatro exfuncionarios de PAMI y ANSeS
Defrentesalta








El Tribunal Oral Federal N°2 de Salta, integrado por Gabriela Catalano, Domingo Batule y Abelardo Basbus, absolvió ayer a cuatro exfuncionarios de PAMI y de la ANSeS, quienes eran juzgados desde el 22 de febrero pasado por los delitos de exacciones ilegales, malversación de caudales públicos y peculado en grado de coautores, y a un ex concejal del partido de La Victoria, acusado como partícipe necesario por malversación de caudales públicos.
Se trata de la ex directora de PAMI local, Verónica Molina; los empleados Diego Albornoz y Gustavo Gerónimo; el exdirector de la ANSeS Salta, Marcos Vera, y de Fernando Ruarte, exconcejal por el Partido La Victoria.
La investigación se activó de oficio a partir una denuncia anónima y de diálogos que incriminaban a los dos dirigentes, que fueron expuestos a través de fotos de capturas que se hicieron públicas. A estas evidencias, se sumaron audios y otras declaraciones, entre ellas la de dos exjefas de agencias, quienes confirmaron las acusaciones, tanto en una audiencia de juicio por el cobro indebido del IFE como ante la fiscalía, al momento de ser citadas durante el inicio de las actuaciones.



Así fue cómo se estableció que el supuesto uso irregular del sistema de bolsín del PAMI, que -de acuerdo a la acusación- las personas imputadas se valían para recibir el pago de los jefes de agencias designados en localidades lejanas.
Dos exfuncionarias del PAMI declararon en este debate que la acusación que le habían formulado en otro juicio a Vera y Molina había sido por el enojo que sentían contra ambos por no haber tenido el apoyo cuando eran juzgadas.
En su sentencia, dada a conocer poco después de las 14.00, los jueces desecharon todas las acusaciones. Previo a ello, el juez Batule repasó el rol del fiscal como titular de la acción pública y en representación de la sociedad, oportunidad en la que se refirió a los cuestionamientos desmedidos realizados por Ruarte, entre otros de los acusados.
Acto seguido, dio a conocer la decisión unánime del tribunal de absolver a todos los acusados y la acusada, para luego adentrarse en la exposición de fundamentos, que estuvieron, en un inicio, centrado en un análisis del tipo penal. En esta instancia se refirió a los alcances de la figura de exacciones ilegales, ya sea que se apliquen las figuras contempladas en el artículo 266 o 268 del Código Penal.



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