
Qué cambia en el Monotributo tras la media sanción de la Ley Bases
Guillermo Raspa










La Cámara de Diputados le dio media sanción a las modificaciones del Monotributo incluidas en la Ley Bases. Está claro que para que las mismas queden vigentes, el proyecto deberá ser sancionado por el Senado.
Si se aprueba el proyecto en el Senado, los monotributistas de la categoría A, de menores ingresos, podrían facturar hasta $6.450.000 anuales. Para aquellos que se encuentren en la categoría K, la más alta, el monto ascendería a 68 millones de pesos.
Además, habría un aumento en importes que pagan mensualmente los monotributistas en concepto del impuesto integrado, y de los aportes al régimen jubilatorio y a la obra social. Asimismo, se fijaría en $385.000 el precio unitario de facturación tanto para quienes ofrezcan servicios como para quienes vendan productos. Y se establecería una actualización anual por inflación. Al respecto, el texto del artículo 104 dispone que “podrán volver a ingresar al Monotributo los excluidos de pleno derecho, es decir aquellos que se hayan excluido voluntariamente o de oficio por parte de AFIP. Los únicos que no podrían volver serían los que renunciaron al régimen”, detalló.



Monotributo social:
Se acordó postergar por 90 días la eliminación del monotributo social para que en ese plazo el Gobierno y la oposición negocien una alternativa para incorporar una categoría inferior a la “A” en el régimen simplificado.
“Le agregaríamos un punto y seguido. Este artículo comenzará a regir a los 90 días a partir de su publicación en el Boletín Oficial”, leyó José Luis Espert, presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda.



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